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Ahorro en consumo y entrada en vigor

Ahorros de hasta un 30% en calefacción central con repartidores de coste

35 respuestas

@cmdearcos Grupo TIECs

Hace unos días publicaba un artículo sobre las posibilidades de ahorro (hasta un 30%) que tienen los repartidores de coste. Ahora quiero incidir en dos aspectos importantes relacionado con los repartidores de coste:

  • Posibilidad de acceder a subvenciones para su instalación.

  • A 1 de enero de 2017 es necesario que las calefacciones centrales cuenten con dispositivos que permitan repartir los costes energéticos según el gasto de cada uno de los usuarios.

La resolución del 25 de septiembre de la Secretaria de Estado de Energía define el tipo de subvenciones a las que pueden acceder aquellas viviendas que se rehabiliten:

“Instalación de dispositivos repartidores de costes de calefacción que permitan medir los consumos y repartir de los gastos correspondientes en función de los consumos reales de cada usuario. Estos repartidores de costes deben seguir las normas de diseño y funcionamiento de la norma UNE-EN-834 («Distribuidores de gasto de calefacción para determinar los valores de consumo de radiadores. Aparatos con alimentación eléctrica») y contar con la homologación correspondiente emitida por un laboratorio de ensayos independiente y homologado para distribuidores de costes de calefacción dentro de la Comunidad Europea.

El sistema de contabilización, una vez instalado, ya sea en el tramo de acometida o por medio de repartidores de costes de calefacción, debe disponer de un servicio de adquisición de los datos de consumos, así como de liquidación y reparto de los gastos a cada uno de los usuarios de la instalación en función de los consumos medidos.

La liquidación individualizada de los gastos correspondientes a cada servicio (calor, frío y agua caliente sanitaria) se realizará mediante la correspondiente factura individual, que podrá ser en papel o en formato electrónico, en la que se proporcionará al usuario de toda la información necesaria para el control de sus consumos, incluida la información histórica de su consumo.”.

Los dispositivos que junto con los repartidores de coste consiguen un máximo ahorro, ya que son los que permiten regular la potencia calorífica de los radiadores, son las válvulas termostáticas:

“Instalación de válvulas termostáticas: Para permitir al usuario la regulación de sus consumos, se podrán complementar los dispositivos repartidores de costes de calefacción con la instalación de válvulas termostáticas mecánicas o electrónicas que permitan regular el aporte de calor de todos y cada uno de los emisores. Deben cumplir la norma UNE-EN-215. En el caso de válvulas termostáticas electrónicas, deberán contar con certificado de eficiencia energética eu.bac.”

Estos equipos pueden ser subvencionados hasta el 90% siguiendo el apartado sexto de la resolución:

“1. Se consideran costes elegibles aquellos que sean necesarios para conseguir los objetivos energéticos de este Programa, para cada una de las tipologías de actuación, dentro de los siguientes conceptos: los honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el técnico competente, del certificado de eficiencia energética previsto en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, y de la inspección periódica de eficiencia energética regulada por el Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio; el coste de la redacción de los proyectos técnicos relacionados con las tipologías de actuación objeto de ayuda y otros gastos generales similares; los costes de la dirección y ejecución de la obra y de la instalación, en su caso; la inversión en equipos efectuada; los costes de ejecución de la instalación, obra civil asociada e instalaciones auxiliares necesarias, así como otras cuestiones específicas de cada actuación según se detallan en el anexo I, para cada tipología. No se incluirán licencias, tasas, impuestos o tributos.

2. No se considerará elegible ningún coste distinto a los anteriores ni que haya sido facturado al beneficiario con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de este Programa.”.

Una vez realizada la instalación y concedida de la subvención es necesario justificar dicha instalación con un certificado energético:

“La Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética obliga, en su artículo 4, a los Estados miembros a desarrollar una estrategia a largo plazo para movilizar inversiones en la renovación exhaustiva y rentable de edificios residenciales y comerciales, con el fin de mejorar el rendimiento energético del parque inmobiliario y reducir su consumo de energía.

En esta misma línea, el Proyecto de Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, así como el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, hace obligatoria la realización de un «Informe de evaluación de los edificios», que podrá ser exigido en cualquier momento a los propietarios de edificios residenciales colectivos para que acrediten su estado de conservación, accesibilidad y eficiencia energética.

En este informe, la eficiencia energética se acreditará mediante la presentación del certificado de eficiencia energética del edificio, que está regulado por el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Este real decreto establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética del edificio con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio puedan comparar y evaluar su eficiencia energética. De esta forma, valorando y comparando la eficiencia energética de los edificios, se favorecerá la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.

El certificado no sólo contiene la calificación energética del edificio, representada por una escala de siete letras, de la A a la G, también un documento de recomendaciones para mejorar la eficiencia energética del edificio, que podrá incluir medidas sobre la envolvente térmica, las instalaciones térmicas y la utilización de energías renovables. Las recomendaciones serán técnicamente viables e incluirán una estimación de los plazos de recuperación de la inversión y de la rentabilidad durante su ciclo de vida útil.”

Voy a terminar este artículo indicando que la Directiva 2012/27/UE obliga a instalar antes del 1 de enero de 2017 repartidores de coste para la calefacción central, como método alternativo a los calorímetros:

“En los edificios de apartamentos y polivalentes con una fuente central de calefacción/refrigeración o abastecidos a partir de una red de calefacción urbana o de una fuente central que abastezca varios edificios, se instalarán también contadores de consumo individuales antes del 31 de diciembre de 2016, que midan el consumo de calor o refrigeración o agua caliente de cada unidad, siempre que sea técnicamente viable y rentable. Cuando el uso de contadores de consumo individuales no sea técnicamente viable o no sea rentable, para medir la calefacción, se utilizarán calorímetros para medir el consumo de calor de cada radiador, a menos que el Estado miembro interesado demuestre que la instalación de dichos calorímetros no sería rentable. En esos casos, podrán estudiarse métodos alternativos de medición del consumo de calor que sean rentables.”

Teniendo en cuenta que los repartidores de coste y las válvulas termostáticas:

  • Producen ahorros de hasta un 30%.

  • Están subvencionados.

  • De aquí a finales de 2016 todas las calefacciones centrales tendrán que instalar repartidores de coste.

¿Qué para a las comunidades de vecinos a instalar ya este tipo de soluciones?. En gran medida la falta de información. Espero que este artículo ayude a las comunidades de vecinos con calefacción central a tener más información.

Si necesitais más información podeis acceder al proyecto CNomys (eficiencia energética para usuarios domésticos y PYMEs) donde os darán toda la información sobre los repartidores de coste.


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